Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 15

97 / 111
En vigor desde 5 ago 2009
El almacenamiento de botellas fuera de servicio durante largos periodos de tiempo deberá hacerse manteniendo en su interior una presión residual positiva.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2008/12/12/2060#art-15-2