Art. 1
1 / 9En vigor desde 30 mar 2023
El presente real decreto tiene por objeto regular, para la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, las condiciones de promoción de un curso no superado en su totalidad al siguiente, cuando entre uno y otro se apliquen las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, relativas al currículo, la organización y los objetivos.
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Proeli/es/rd/2023/03/28/205#art-1