Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

7 / 12
En vigor desde 25 nov 1994
El presente Real Decreto tiene carácter básico y se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1, 16.ª y 23.ª, de la Constitución.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1994/10/14/2043#disposicion-final-primera