Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 21 ene 2010
Mediante orden ministerial, a propuesta conjunta de los Ministros de Justicia y Economía y Hacienda, se regulará la documentación justificativa necesaria, en su caso, para la acreditación en nómina de los conceptos retributivos previstos en este real decreto.
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