Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

5 / 98
En vigor desde 1 jul 2010
1. Se faculta al titular del Ministerio de la Presidencia para dictar las normas complementarias y de desarrollo de lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo VIII del Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte y a dictar cuantas disposiciones resulten precisas para su aplicación. 2. Se habilita a los Ministros de la Presidencia y del Interior a dictar otras disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación del presente real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2010/02/26/203#disposicion-final-primera