Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

2 / 51
En vigor desde 3 mar 1995
Se crea, en la Dirección General de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo del Ministerio de Justicia e Interior, la Oficina de Asilo y Refugio, que será dirigida por el Subdirector general de Asilo. Su estructura será la que se establezca en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1995/02/10/203#disposicion-adicional-unica