Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 12 ene 1996
Desde la aprobación del Plan Nacional sobre Drogas, en el año 1985, por el Gobierno de la Nación a instancia del Congreso de los Diputados, se ha desarrollado en nuestro país una labor en esta materia, sin duda de extraordinaria importancia, tanto por la propia Delegación del Gobierno como, y muy principalmente, por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado y servicios competentes, por todas las Comunidades Autónomas, Corporaciones locales y otros organismos oficiales, así como por numerosas organizaciones no gubernamentales, que han sabido recoger los anhelos y preocupaciones del conjunto de la sociedad. Han sido, pues, numerosísimas las personas y las instituciones, tanto públicas como privadas, que con un continuado esfuerzo, no exento de sacrificios y en muchos casos de gran riesgo, se han hecho acreedoras del reconocimiento y recompensa moral y pública, que premia y estimula al mismo tiempo su permanente dedicación en su ejemplar trayectoria. Por todo ello, y coincidiendo con el décimo aniversario de vigencia del Plan Nacional sobre Drogas, parece llegado el momento de proceder a la creación de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas. En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de diciembre de 1995, DISPONGO:
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