Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 23 ene 1994
Las Ordenes de 31 de enero de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 14 al 17 de julio); 31 de julio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» de 29 y 30 de agosto); 17 de septiembre de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de octubre); 1 de diciembre de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de enero de 1982), y 26 de enero de 1989 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de febrero), establecieron diversos métodos oficiales de análisis de leche y productos lácteos, siendo necesario complementarlos con otros nuevos que atiendan al control de las mezclas de leches citadas anteriormente. Las normas relativas a los métodos oficiales de análisis de leche y productos lácteos deben tener en cuenta, principalmente, la protección de la salud humana, por lo que el presente Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16. de la Constitución Española, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Sanidad y Consumo; de Agricultura, Pesca y Alimentación; de Industria y Energía, y de Comercio y Turismo, oídos los sectores afectados, previo informe de la Comisión interministerial para la Ordenación Alimentaria, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de noviembre de 1993, DISPONGO:
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eli/es/rd/1993/11/19/2021#preambulo-pr