Art. 4
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección primera. Estructura orgánica

Art. 4

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En vigor desde 1 oct 1986
En la misma forma, el Ministro de Economía y Hacienda nombrará Presidente de la Junta Rectora a uno de los representantes de la Administración. El Presidente ostentará la representación legal de la Comisión y ejercerá las funciones que le atribuye el presente Real Decreto, así como aquellas otras que la Junta le delegue.
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eli/es/rd/1986/08/22/2020#art-4