Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 23 ene 2016
El presente real decreto se dicta al amparo de la habilitación contenida en la cláusula 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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