Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 12 jul 2021
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. 2. Asimismo corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración pública, función pública, y gobernanza pública. 3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores: a) La Secretaría de Estado de Hacienda. b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos. c) La Secretaría de Estado de Función Pública. Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 507/2021, de 10 de julio. Ref. BOE-A-2021-11510

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eli/es/rd/2020/01/12/2#art-5