Art. 5
5 / 33En vigor desde 12 jul 2021
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. Asimismo corresponde al Ministerio de Hacienda y Función Pública la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de administración pública, función pública, y gobernanza pública.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Hacienda.
b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
c) La Secretaría de Estado de Función Pública.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 507/2021, de 10 de julio. Ref. BOE-A-2021-11510
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/01/12/2#art-5