Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 14 ene 2018
El presente real decreto se dicta al amparo de las competencias reservadas al Estado por los apartados 6.º, en cuanto se refiere a la regulación de los aspectos relacionados con las funciones de arbitraje atribuidas al Consejo Superior de Deportes, y 13.º y 27.º del artículo 149.1 de la Constitución.
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