Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

11 / 22
En vigor desde 24 ene 2012
El titular de la Dirección General de Comunicación que actualmente está excluida de la regla general de nombramiento prevista en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, mantendrá vigente la excepción por concurrir las características y razones que justificaron la aplicación de la misma.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2012/01/23/199#disposicion-adicional-primera