Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición derogatoria única
10 / 14En vigor desde 14 mar 2010
A partir de la entrada en vigor del presente real decreto quedarán derogadas las siguientes normas:
a) Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, por el que se regula el ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de un establecimiento comercial permanente.
b) Todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2010/02/26/199#disposicion-derogatoria-unica