Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 20En vigor desde 1 ene 2009
1. El objeto del presente real decreto es regular la edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil».
2. El «Boletín Oficial del Registro Mercantil» se publicará en edición electrónica conforme a lo previsto en este real decreto, así como en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y en su normativa de desarrollo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/11/28/1979#art-1