Art. Disposición adicional quinta

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 30 dic 1999
Lo establecido en el presente Real Decreto resulta de aplicación sin perjuicio de las funciones encomendadas por la normativa vigente al Consejo de Seguridad Nuclear y sin menoscabo de lo dispuesto en el Real Decreto 1891/1991, de 30 de diciembre, sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines médicos.
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eli/es/rd/1999/12/23/1976#disposicion-adicional-quinta