Art. 7
7 / 28En vigor desde 15 may 2016
1. La percepción de las ayudas previstas en este real decreto para financiar el proyecto de cooperación presentado, será incompatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
2. Quedarán excluidos aquellos proyectos piloto con apoyo en el marco de la Asociación Europea para la Innovación para una agricultura productiva y sostenible (AEI) relacionados con planteamientos conjuntos con respecto a proyectos medioambientales y prácticas medioambientales en curso, englobados en el PNDR o los PDRs de las comunidades autónomas, para el periodo 2014-2020.
3. El solicitante deberá aportar en el momento de la solicitud de ayuda una declaración responsable de no haber recibido ayudas incompatibles para la elaboración, diseño y ejecución del proyecto de cooperación objeto de las ayudas reguladas en este real decreto.
4. Quedarán excluidos aquellos proyectos de cooperación que promuevan el suministro sostenible de biomasa en la industria agroalimentaria englobados en el PNDR o los PDRs de las comunidades autónomas, para el periodo 2014-2020.
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Proeli/es/rd/2016/05/13/197#art-7