Título TITULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 20
26 / 114En vigor desde 1 ene 1989
Los laboratorios facultados para llevar a cabo el ensayo y la consiguiente contrastación de garantía de objetos fabricados con metales preciosos habrán de pertenecer a alguna de las categorías siguientes:
a) laboratorios oficiales.
b) laboratorios autorizados.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1988/02/22/197#art-20