Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
18 / 31En vigor desde 9 jun 2010
El Presidente del organismo podrá designar a uno de los miembros del Consejo Rector pertenecientes a la Administración General del Estado, con rango mínimo de Subdirector General, para que le sustituya en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.
Se modifica por el .9 del Real Decreto 718/12010, de 28 de mayo. Ref. BOE-A-2010-9105 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2000/12/01/1952#art-10