Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 3 dic 2000
Queda derogado el capítulo II del Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y cuantas disposiciones de igual o de inferior rango en lo que se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
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eli/es/rd/2000/12/01/1950#disposicion-derogatoria-unica