Art. Disposición adicional única
2 / 23En vigor desde 8 abr 2015
La aplicación del presente real decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento de dotaciones, retribuciones u otros gastos de personal.
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Proeli/es/rd/2015/03/23/193#disposicion-adicional-unica