Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 23 mar 2023
Este real decreto tiene por objeto regular los productos sanitarios de uso humano y sus accesorios, los productos sin finalidad médica, y en particular: a) La autoridad competente y las garantías sanitarias. b) Los procedimientos para el otorgamiento de las licencias previas de funcionamiento de instalaciones. c) Los requisitos y las actuaciones de los organismos notificados. d) El reprocesamiento de productos sanitarios de un solo uso. e) La comercialización y puesta en servicio en España. f) El comercio en el mercado de la Unión Europea y en el mercado exterior. g) Las investigaciones clínicas. h) El sistema de vigilancia. i) La inspección y control del mercado y medidas de protección de la salud.
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eli/es/rd/2023/03/21/192#art-1