Art. 28
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimiento para la obtención de la declaración de conformidad aeronáutica

Art. 28

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En vigor desde 25 jun 2024
La solicitud de la declaración de conformidad aeronáutica debe presentarse: a) En el modelo adoptado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y puesto a disposición a través de su página web, junto con la documentación complementaria; b) Firmada por el organizador de la demostración aérea o su representante; c) A través de los medios electrónicos habilitados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea; d) Con una antelación mínima de tres meses a la fecha de inicio de la demostración aérea. A estos efectos, se entenderá por fecha de inicio de la demostración aérea el primer día de acceso público en que se realicen todos o parte de los ejercicios aéreos previstos en el programa. Se modifica por la disposición final 2.13 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2024-11377#df-2

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eli/es/rd/2009/12/11/1919#art-28