Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Procedimiento para la obtención de la declaración de conformidad aeronáutica
Art. 28
28 / 38En vigor desde 25 jun 2024
La solicitud de la declaración de conformidad aeronáutica debe presentarse:
a) En el modelo adoptado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y puesto a disposición a través de su página web, junto con la documentación complementaria;
b) Firmada por el organizador de la demostración aérea o su representante;
c) A través de los medios electrónicos habilitados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea;
d) Con una antelación mínima de tres meses a la fecha de inicio de la demostración aérea. A estos efectos, se entenderá por fecha de inicio de la demostración aérea el primer día de acceso público en que se realicen todos o parte de los ejercicios aéreos previstos en el programa.
Se modifica por la disposición final 2.13 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2024-11377#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/12/11/1919#art-28