Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Requisitos de los participantes y de las aeronaves
Art. 11
11 / 38En vigor desde 25 jun 2024
Todas las aeronaves civiles que participen en la demostración aérea deben contar con el seguro, cuando éste les sea exigible, y su documentación técnica y administrativa en vigor y estar certificadas de acuerdo con el tipo de aeronave y operación que pretendan realizar.
Se modifica por la disposición final 2.7 del Real Decreto 517/2024, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2024-11377#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/12/11/1919#art-11