Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
25 / 28En vigor desde 11 dic 2008
En ejercicio de la autorización al Gobierno establecida en la disposición final segunda de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, se modifica la cuantía de la bonificación por la contratación indefinida a tiempo completo de las mujeres víctimas de violencia de género, que queda establecida en la de 125 euros/mes (1.500 euros/año), durante 4 años desde la contratación, o cuantía correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.7 de la Ley 43/2006 de 29 de diciembre, si el contrato es a tiempo parcial. En el caso de contratación temporal la bonificación será la establecida en el artículo 2.4, segundo párrafo, de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.
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Proeli/es/rd/2008/11/21/1917#disposicion-final-primera