Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 15 dic 1995
La tramitación y resolución de los expedientes de concesión de las subvenciones corresponde a la Dirección General de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo del Ministerio de Justicia e Interior.
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eli/es/rd/1995/11/24/1907#art-2