Art. 224
Título TITULO IXCapítulo CAPITULO ISecc. Sección 2.ª Higiene y alimentación

Art. 224

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En vigor desde 25 may 1996
En todos los Establecimientos penitenciarios se contará con un servicio de lavandería al que accederán todos los internos.
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eli/es/rd/1996/02/09/190#art-224