Título TITULO VII›Capítulo CAPITULO VII
Art. 183
196 / 338En vigor desde 25 may 1996
Los Establecimientos o Unidades Psiquiátricas penitenciarias son aquellos centros especiales destinados al cumplimiento de las medidas de seguridad privativas de libertad aplicadas por los Tribunales correspondientes.
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Proeli/es/rd/1996/02/09/190#art-183