Art. Disposición derogatoria única
11 / 13En vigor desde 7 dic 2008
A la entrada en vigor de este real decreto quedan derogados los siguientes preceptos y disposiciones:
a) El artículo 8.º del Reglamento general sobre producción de semillas y plantas de vivero, aprobado por el Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre.
b) Los puntos 31, 31 bis, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Orden de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero.
c) La Orden de 14 de septiembre de 1972, por la que se crea el Registro provisional de productores de plantas de vivero.
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Proeli/es/rd/2008/11/14/1891#disposicion-derogatoria-unica