Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Fase de la unión del procedimiento de cancelación en el registro
Art. 26
26 / 69En vigor desde 1 may 2026
1. El envío a la Comisión Europea de la solicitud de cancelación se llevará a cabo, mutatis mutandis , conforme a lo establecido en el artículo 9.
2. La solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de cancelación se llevará a cabo, mutatis mutandis , conforme a lo establecido en el artículo 10.
3. El examen por la Comisión Europea se llevará a cabo, mutatis mutandis , conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo 11.
4. El procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión se llevará a cabo, mutatis mutandis , conforme a lo establecido en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 12.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2026/03/11/189#art-26