Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
27 / 30En vigor desde 23 dic 2000
Queda derogado el Real Decreto 1317/1992, de 30 de octubre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar procedentes de países terceros, modificado por el Real Decreto 361/1995, de 10 de marzo.
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Proeli/es/rd/2000/11/22/1888#disposicion-derogatoria-unica