Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 6 mar 2012
1. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos: A) La Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la que dependen los siguientes órganos directivos: a) La Secretaría General de Infraestructuras, con rango de Subsecretaría, de la que dependen: 1.º La Dirección General de Carreteras. 2.º La Dirección General de Ferrocarriles. (*) b) La Secretaría General de Transporte, con rango de Subsecretaría, de la que dependen: 1.º La Dirección General de Aviación Civil. 2.º La Dirección General de la Marina Mercante. 3.º La Dirección General de Transporte Terrestre. c) La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. B) La Subsecretaría de Fomento, de la que dependen: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. 3.º La Inspección General de Fomento. 4.º La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. 2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos: a) La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación. b) La Secretaría General de Vivienda. c) La Dirección General de Relaciones Institucionales. d) La Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda. e) La Dirección General de Suelo y Políticas Urbanas. f) La Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias. (*) Téngase en cuenta que, a partir del 1 de abril de 2015, de la Secretaría General de Infraestructuras sólo depende la Dirección General de Carreteras, según establece el .2 del Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, Ref. BOE-A-2012-3160 ., en la redacción dada por la disposición final 1 del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-13360 . Se modifica el apartado 1.A) por la disposición final 1 del Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2012-3160 .

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Pro

eli/es/rd/2011/12/30/1887#art-6