Art. 15
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 15

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En vigor desde 7 abr 2013
1. Tendrá la consideración de personal directivo del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía el que asuma la jefatura de las subdirecciones y departamentos a los que se refieren los artículos 10 y 13. En todo caso no superará los límites establecidos en aplicación de la normativa por la que se aprueba la clasificación de las entidades públicas empresariales y otras entidades. 2. El personal directivo será nombrado y separado por la Comisión Permanente del Real Patronato, a propuesta del Director, de acuerdo con las condiciones legales aplicables. Este personal estará sometido a una relación laboral de carácter especial de alta dirección. Para su nombramiento se atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrencia.
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eli/es/rd/2013/03/15/188#art-15