Art. 23
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 23

23 / 34
En vigor desde 11 may 2016
Las infracciones al presente real decreto serán sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en el Título V de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/05/06/187#art-23