Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
11 / 40En vigor desde 15 feb 2008
La Agencia Estatal Antidopaje ajustará su actuación a la Ley 28/2006 de 18 de julio, a lo establecido en la Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre y en su normativa de desarrollo, a lo establecido en el presente Estatuto, y, supletoriamente, por las previsiones normativas que le sean aplicables de acuerdo con el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 28/2006, de 18 de julio.
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Proeli/es/rd/2008/02/08/185#art-2