Libro REGLAMENTO DE ELECCIONES A REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LA EMPRESA›Capítulo CAPITULO I›Secc. Sección 2.ª Sectores con procesos electorales especiales
Art. 18
26 / 62En vigor desde 14 sept 1994
1. Dadas las peculiaridades de este sector, y a efectos electorales, se distinguen tres tipos de flota.
a) Flota de altura y gran altura: Formada principalmente por los buques congeladores, cuyo régimen electoral será el previsto para la marina mercante.
b) Flota de media altura: Que es aquella en la que se precisa una media de veintiún días de embarque.
c) Flota de bajura: Que es la que comprende los embarques de uno a siete días.
2. La flota de media altura y bajura se regirá en cuanto al procedimiento electoral por lo dispuesto en los artículos siguientes.
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Proeli/es/rd/1994/09/09/1844#art-18