Art. 3
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

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En vigor desde 8 abr 2015
Este real decreto es de aplicación al personal estatutario que desempeña su función en los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las distintas administraciones con competencias en asistencia sanitaria.
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eli/es/rd/2015/03/13/184#art-3