Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Órganos de gobierno

Art. 15

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En vigor desde 13 jun 2026
El Presidente ostenta la representación del Consejo Rector, dirige y preside sus reuniones y ejercerá, además, las siguientes funciones: a) Ostentar la máxima representación de la Agencia tanto a nivel institucional como internacional. b) Proponer al Consejo Rector el nombramiento o separación del Director de la Agencia y de los miembros de la Comisión de Control. c) Conferir poderes generales o especiales a persona o personas determinadas. d) Presentar al Consejo Rector la propuesta de Contrato de gestión plurianual, para su aprobación por éste, y su posterior remisión a los Ministerios de Transportes y Movilidad Sostenible, para la Transformación Digital y de la Función Pública y de Hacienda en los términos del artículo 11. Asimismo presentará la propuesta de plan de acción prevista en el artículo 12. e) Informar a los Ministerios de Transportes y Movilidad Sostenible, para la Transformación Digital y de la Función Pública y de Hacienda acerca de la ejecución y cumplimiento de los objetivos fijados en el Contrato de gestión. f) Remitir las cuentas anuales al Tribunal de Cuentas, por conducto de la Intervención General del Estado, de acuerdo con la normativa presupuestaria. g) Comparecer ante el Congreso de los Diputados y el Senado, a requerimiento de éstos, a fin de informar acerca del desarrollo del Contrato de gestión y demás aspectos de la gestión de la Agencia y remitir a las Cortes Generales o a las Comisiones parlamentarias que correspondan, a través de la persona titular del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el informe general de actividad aprobado por el Consejo Rector, relativo a las tareas de la Agencia y al grado de cumplimiento de sus objetivos. Se modifica el título y las letras d), e) y g) por el .13 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#ad-6

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Pro

eli/es/rd/2008/02/08/184#art-15