Art. 27
Libro REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES NUCLEARES Y RADIACTIVASTítulo TITULO IICapítulo CAPITULO V

Art. 27

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En vigor desde 1 ene 2000
La solicitud de autorización de ejecución y montaje de la modificación, cuando sea exigible en aplicación de lo establecido en el artículo 25, deberá acompañarse de la siguiente documentación: a) Descripción general de la modificación, identificando las causas que la han motivado. b) Normativa a aplicar en el diseño, construcción, montaje y pruebas de la modificación. c) Diseño básico de la modificación. d) Organización prevista y programa de garantía de calidad para la realización del proyecto. e) Identificación del alcance y contenido de los análisis necesarios para demostrar la compatibilidad de la modificación con el resto de la instalación y para garantizar que se siguen manteniendo los niveles de seguridad de la misma. f) Destino de los equipos a sustituir, en su caso. g) Plan de adquisición y presupuesto en caso de grandes modificaciones.
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eli/es/rd/1999/12/03/1836#art-27