Libro REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES NUCLEARES Y RADIACTIVAS›Título TITULO II›Capítulo CAPITULO V
Art. 26
33 / 105En vigor desde 1 ene 2000
La solicitud de autorización de modificación irá acompañada de la siguiente documentación:
a) Una descripción técnica de la modificación identificando las causas que la han motivado.
b) El análisis de seguridad realizado.
c) Una identificación de los documentos que se verían afectados por la modificación, incluyendo el texto propuesto para el estudio de seguridad y las especificaciones técnicas de funcionamiento, cuando sea aplicable.
d) Identificación de las pruebas previas al reinicio de la explotación que sean necesarias realizar.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/12/03/1836#art-26