Art. 6
Título TÍTULO TERCEROCapítulo CAPÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 4 ago 1978
I. El Consejo Asesor está constituido por el Subsecretario del Ministerio de Industria y Energía, como Presidente; el Secretario general Técnico del Ministerio de Industria y Energía como Vicepresidente y los siguientes miembros: 1. El Director de la Escuela de Organización Industrial. 2. El Director general de Promoción Industrial y Tecnología del Ministerio de Industria y Energía. 3. Un Director del Instituto Nacional de Industria. 4. Un Director general del Ministerio de Educación y Ciencia. 5. Dos Vocales de libre designación del Ministerio de Industria y Energía. 6. El Secretario del Organismo que desempeñará la Secretaría del Consejo. II. El Subsecretario del Ministerio de Industria y Energía podrá delegar la presidencia del Consejo Asesor en el Vicepresidente.
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eli/es/rd/1978/07/15/1831#art-6