Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 1 ene 2000
1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones: a) El Decreto 1113/1960, de 19 de mayo, por el que se aprueba la Ordenanza Postal. b) El Decreto 1653/1964, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Correos. c) El Real Decreto 3155/1979, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Giro Nacional. d) El Real Decreto 772/1980, de 29 de febrero, por el que se regulan los servicios en el medio rural. e) El Real Decreto 1810/1986, de 22 de agosto, por el que se da nueva redacción a determinados artículos de la Ordenanza Postal y del Reglamento de los Servicios de Correos. 2. Quedan derogadas, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
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