Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Otros medios de pago de los servicios postales
Art. 70
78 / 87En vigor desde 1 ene 2000
Para los servicios no incluidos en el ámbito reservado al operador al que se ha encomendado el servicio postal universal, podrá establecerse cualquier otro medio de pago admitido en derecho.
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Proeli/es/rd/1999/12/03/1829#art-70