Art. Disposición final tercera
9 / 48En vigor desde 15 mar 2015
Será de aplicación supletoria en lo no dispuesto en el presente reglamento el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del ejercicio de la potestad sancionadora.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/03/13/182#disposicion-final-tercera