Art. Artículo único

Art. Artículo único

1 / 27
En vigor desde 16 ene 2010
Se aprueba el Reglamento de Archivos Judiciales Militares, en adelante el Reglamento, cuyo texto se inserta a continuación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2009/11/27/1816#articulo-unico