Art. 276
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 276

279 / 304
En vigor desde 13 mar 2026
Corresponde al Rector o Rectora convocar las elecciones que se celebren en la Universidad, por iniciativa propia o a propuesta de los correspondientes órganos de gobierno o representación, en los plazos establecidos por estos estatutos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/03/11/181#art-276