Art. 170
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 170

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En vigor desde 13 mar 2026
El derecho a la libertad de cátedra se compatibilizará con las competencias que, en materia de ordenación académica, poseen los distintos centros y estructuras de la Universidad en el ámbito de su autonomía universitaria. En todo caso, se garantizará la unidad de programa básico y de sistema de evaluación en todas las asignaturas, así como la modalidad de enseñanza propia de la UNED, favoreciendo la equidad de todo el estudiantado.
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