Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 2.ª Órganos unipersonales de los centros asociados de la UNED
Art. 157
160 / 304En vigor desde 13 mar 2026
Las personas titulares de los órganos unipersonales de los centros asociados de la UNED estarán sujetas, en cuanto les resulten de aplicación, a las disposiciones generales contenidas en la sección primera del capítulo IV.
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Proeli/es/rd/2026/03/11/181#art-157