Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 13.ª Secretaría de instituto universitario de investigación
Art. 149
152 / 304En vigor desde 13 mar 2026
La persona titular de la Secretaría de instituto universitario de investigación tendrá las siguientes competencias:
a) Actuar como secretario o secretaria del Consejo del instituto.
b) Redactar y custodiar las actas correspondientes a las reuniones del Consejo de instituto universitario de investigación.
c) Cualquier otra competencia que le atribuyan el reglamento del instituto, su convenio de creación, estos estatutos o la normativa general aplicable.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2026/03/11/181#art-149