Art. 10
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Disposiciones generales

Art. 10

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En vigor desde 13 mar 2026
1. Las enseñanzas universitarias se estructuran, por una parte, en las oficiales, con validez y eficacia en todo el Estado, configuradas por las conducentes a la obtención de los títulos de grado, máster universitario y doctorado, y, por otra parte, en las enseñanzas propias. 2. Dichas enseñanzas podrán organizarse como titulaciones conjuntas con universidades españolas, extranjeras u otros centros de investigación de reconocido prestigio, de acuerdo con la normativa general.
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eli/es/rd/2026/03/11/181#art-10